OBLIGACIONES en  negocios de HOSTELERÍA

Todo empresario con un negocio de Hostelería debe tener tramitado y en alta lo siguiente:

Licencia de Apertura.

Alta en Turismo.

Alta en Sanidad.

Alta en la Agencia de Protección de datos.

Importante.

-Exhibir en lugar bien visible el horario de apertura y cierre para el público, indicando el horario del comedor y el de cocina. También deberá fijarse de forma visible el aforo del local y el aviso de la existencia de hojas de reclamaciones a disposición de los clientes en el interior del establecimiento.

-Mostrar la lista de precios en un lugar visible, indicando si existe diferencia en función de si el consumo se realiza en la mesa o en la barra

-Proteger los alimentos expuestos sobre la barra o mostrador en vitrinas o armarios refrigerados y  separar los alimentos cocinados de aquellos que estén todavía crudos.

-Los restaurantes y restaurantes-bares tienen que exhibir la lista de precios tanto en el interior como en el exterior del local. En cambio, los bares sólo la tienen que exhibir en el interior del local.

-Los precios se entienden como totales y completos, es decir, incluyen impuestos y cargos (IVA, etc.)

-Es obligatorio cumplir la Normativa Europea que obliga a informar sobre los alérgenos en Hostelería por lo tanto deben tener un sistema que le permita informar a sus clientes en las cartas sobre los posibles alérgenos presentes en sus platos o productos.